La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una modificación del Código Contravencional que incrementa las sanciones para quienes desarrollan actividades de cuidado ilegal de vehículos o limpieza de parabrisas en la vía pública. La iniciativa, impulsada por el jefe de Gobierno Jorge Macri, obtuvo 36 votos favorables y quedó plasmada en la Ley N.º 6961.

La normativa incorpora penas de arresto, amplía las facultades de control en el espacio público y establece nuevas herramientas para actuar frente a personas que exijan dinero de manera indebida en calles y alrededores de eventos masivos. También prevé sanciones específicas para quienes organicen o promuevan estas prácticas.

Uno de los cambios más relevantes –indicó un comunicado de prensa de la Legislatura- es la incorporación de períodos de detención efectiva. Hasta ahora, las conductas vinculadas al accionar de trapitos y limpiavidrios estaban castigadas principalmente con multas económicas. Con la reforma aprobada, las penalidades se vuelven más severas y contemplan arrestos de distinta duración según las circunstancias del hecho.

Prisión de hasta 60 de días

Para quienes actúen durante eventos masivos integrando grupos organizados o estructuras previamente coordinadas, las sanciones podrán oscilar entre 20 y 50 días de detención. En tanto, quienes realicen tareas de cuidado ilegal de vehículos en cualquier punto de la Ciudad podrán recibir arrestos de entre 10 y 30 días. La legislación también incorpora un régimen más estricto para quienes lideren, organicen o promuevan estas actividades. En esos casos, las penas podrán alcanzar hasta 60 días de cárcel.

Cuando existan situaciones de intimidación, hostigamiento o conductas que aprovechen condiciones de vulnerabilidad de las víctimas, las sanciones previstas podrán duplicarse. El texto legal también contempla agravantes cuando la conducta esté vinculada con desigualdades de género. Otro aspecto de la reforma es el aumento de las sanciones complementarias. Los trabajos de utilidad pública podrán extenderse de 20 a 45 días, mientras que las multas económicas se elevan significativamente y pasarán a calcularse entre 1.200 y 7.000 unidades fijas, con montos que superan ampliamente los valores vigentes hasta ahora.

La ley también prevé consecuencias para quienes participen de manera organizada en estas actividades dentro de eventos masivos, ya que podrán quedar inhabilitados durante un período de hasta dos años para acceder a programas sociales, subsidios o beneficios otorgados por la administración porteña.

Más controles en eventos masivos

La reforma amplía el alcance de los operativos de prevención y fiscalización alrededor de espectáculos y concentraciones de público. A partir de ahora, las restricciones ya no se limitarán exclusivamente a eventos deportivos o artísticos de gran convocatoria, sino que podrán aplicarse a cualquier evento masivo que se desarrolle dentro de la Ciudad de Buenos Aires.

También se expande el perímetro de control. El radio de aplicación de las medidas pasará a abarcar hasta 50 cuadras alrededor del lugar donde se realice la actividad.

En cuanto a los horarios, la prohibición comenzará seis horas antes del inicio del evento y se mantendrá vigente hasta tres horas después de su finalización. Anteriormente, el período comprendía tres horas previas y dos posteriores.

Sanciones para clubes e instituciones

La normativa incorpora medidas dirigidas a entidades que puedan tener algún grado de participación o vínculo con estas actividades. Si se acredita que integrantes de clubes, asociaciones u organizaciones relacionadas con un evento intervienen directa o indirectamente en el accionar de trapitos o limpiavidrios, el Gobierno de la Ciudad podrá aplicar sanciones económicas y administrativas. Las multas máximas para estas instituciones se duplican y alcanzan las 20.000 unidades fijas. Asimismo, las clausuras podrán extenderse hasta 90 días, cuando anteriormente el límite era de 30.

Foto: la sesión en la cual se aprobó la ley “antitrapitos” (legislatura.gob.ar).

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